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El Corte Inglés Seguro de RC para perros


No es común al hablar de el corte inglés hacerlo en términos de seguros de animales, pero dado que cuenta con su póliza “Seguro de RC Para Perros”, hay que hacer mención a la hora de publicar sobre seguros de perros en este caso las características especiales de este seguro:
Terceros:
Queda comprendida Cualquier persona física o jurídica que sea diferente de:
-El tomador del seguro
-El asegurado
-Sus cónyuges
-Sus ascendientes
-Sus descendientes
-Familiares
-Demás personas que con ellos convivan,
-Sus socios
-Directivos
-Asalariados
-Personas que de hecho o de derecho deban depender del Tomador del seguro o del Asegurado cuando actúen en el ámbito de tal dependencia.

Accidente:
Cuando sea una Lesión corporal derivada de un acto violento, súbito y externo, y que sea ajeno a la intencionalidad del Asegurado, siempre durante la duración del seguro, que deba pagar la indemnización que figura en el contrato.

En cuanto al ámbito geográfico del seguro, serán válidas las Responsabilidades que deriven de daños que sean sobrevenidos en el ámbito nacional o fuera debido a estancias ocasionales y cuya duración no sobrepase los 3 meses consecutivos.

Si se produjera un siniestro fuera del ámbito nacional, en ese caso se indemnizará solamente y en euros y en España, ya que se entenderá cumplida la obligación del Asegurador al momento de depositarse en un banco o caja de ahorros españoles la cantidad que deba por obligación a aportar el Asegurado debido a su responsabilidad, de acuerdo a la legislación del país.

Vigencia Temporal:
Quedará cubierta por el seguro la Responsabilidad Civil que derive de los daños producidos durante la vigencia del Certificado de Adhesión al Contrato de Seguro, con la condición de que la reclamación sea mientras dure ese periodo de vigencia o hasta los 12 meses posteriores a su expiración.

El Seguro posee una duración de 1 año, el cual será renovado tácitamente por anualidades sucesivas.

Cobertura:
Responsabilidad Civil:

En dicho caso, el Asegurador se comprometerá a satisfacer la prestación que haya sido convenida por la Responsabilidad Civil extracontractual que pudiera exigírsele al propietario del animal asegurado por:
-Daños personales
-Daños materiales
-Perjuicios consecuenciales causados a terceros por el animal.

Cobertura de:
-Pago de las costas
-Gastos judiciales y extrajudiciales
-La constitución de las fianzas judiciales, civiles o criminales, exigidas al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil, los mismos deberán ser por un siniestro amparado por la póliza.

Reembolso de Gastos Veterinarios por Accidente:
El Asegurador se obliga al llevar a cabo el reintegro por gastos veterinarios, hasta el límite que haya convenido, por un accidente del animal. Quedan incluidos dentro de dicha cobertura, cuando lo recomendara el Veterinario, los gastos para la eliminación necesaria del animal y la destrucción de sus restos.

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