Se consideran peligrosos los perros y animales que por su naturaleza física, peso, tamaño, complexión, fuerza o mandíbula, puedan ser propensos de causar daños a las personas o al entorno. O simplemente los que por su temperamento agresivo den muestras o indicios de violencia.
Las razas y sus cruces consideradas potencialmente peligrosas son: El American Staffordshire Terrier, Pit Bull Terrier, Bullmastif, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Dogo del Tibet, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler, Staffordchire Bull Terrier, Tosa Inu y Akita Inu.
Para prevenir posibles males se establece de carácter obligado la contratación de un seguro de responsabilidad civil, proceder a la identificación e inscripción del animal en el Ayuntamiento más próximo a su domicilio y obtener una licencia administrativa para la tenencia del animal.
Los requisitos para obtener la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos son:
Las compañías de seguro a la hora de asegurar mascotas son muy arbitrarias y muchas veces razas que no están incluidas como peligrosas son consideradas como tal. Es decir que cada compañía tiene su propia lista en función a su experiencia verificados por los siniestros registrados por las distintas razas.
Para los propietarios de perros empadronados en la Comunidad de Madrid o en el País Vasco, la legislación obliga a contratar un seguro de Responsabilidad Civil para todas las razas de perros independientemente de su raza y tamaño. En estas comunidades el seguro no tiene una cobertura definida y ofrecerá cobertura para los daños que produzca el perro a personas o bienes.
¿PORQUÉ ASEGURAR A NUESTRO PERRO?
Los propietarios de perros somos responsables de cualquier daño que ocasionen a personas u objetos. Es una obligación ineludible. En la mayoría de los casos, serán pequeños desperfectos, pero, en ocasiones, los gastos ocasionados por nuestros perros pueden ser de mayor cuantía. Contratar un seguro nos garantiza nuestra tranquilidad ante cualquier imprevisto.
En el caso concreto de los perros considerados potencialmente peligrosos es una obligación, ya que según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre y ratificada por el R.D. 287/2002, de 22 de marzo, se establece que dichos perros, deben ser asegurados.
No se pueden cuantificar los riesgos que asume el propietario de un perro, por ello, más que una obligación, es un beneficio para el propietario, dado que por una pequeña cuota anual, está cubierto frente a los daños a terceros que pudiera causar su mascota.
Además del seguro de responsabilidad civil para perros, podemos asegurar a nuestro perro por las enfermedades y accidentes que pueda sufrir, o por su robo, entre otras muchas coberturas adicionales.
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